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APRUEBAN PROPUESTA DEL DIPUTADO PRIISTA JAVIER CASIQUE PARA ARMONIZAR LA LEY DE PROTECCIÓN CIVIL



El diputado federal Javier Casique presentó una iniciativa a fin de armonizar la Ley General de Protección Civil, de conformidad con lo establecido en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.


Y es que hizo énfasis en el tema de que actualmente esta Ley NO contempla a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana como la responsable de la protección civil nacional y, por otro lado, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal SÍ le confiere esta responsabilidad.


Mencionó que la Ley de Protección Civil considera que es la Secretaría de Gobernación quien tiene bajo su tutela a esta dependencia, lo que claramente se contrapone a lo que está establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que trasladó dichas funciones a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana.


Por ello, el Dictamen con iniciativa de Decreto, presentado por el legislador del PRI, propone reformar los artículos segundo, 27, 28, 31 y 33 de la Ley General de Protección Civil, para armonizar el marco jurídico en la materia.


Agradeció cumplidamente a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres que dictaminó en positivo la iniciativa que puso a consideración, ya que, destacó, resulta relevante y oportuna esta armonización ante los argumentos expuestos, porque dará certeza jurídica, evitará confusiones y brindará claridad en las funciones del gobierno, cuando se trata de enfrentar situaciones de riesgo para la población.


Para finalizar se comprometió a seguir velando por el patrimonio e integridad de las familias mexicanas.


El dictamen promovido por Casique Zarate, que reforma los artículos 2, 27, 28, 31 y 33 de la Ley General de Protección Civil, en materia de atribuir a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana las funciones que antes pertenecían a la Segob, se aprobó con 462 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Pasa al Senado para efectos constitucionales.

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